miércoles, 15 de abril de 2015

LA SOCIEDAD FAMILIAR EN ASTURIAS


Lo que no ha cambiado es la estructura organizativa interna de la sociedad familiar asturiana, que ha hecho recaer la autoridad y gestión de la misma en los miembros de más edad. Así, por poner sólo un ejemplo, los ingresos obtenidos con la venta de los productos de la explotación son guardados y administrados por ellos. También, y refiriéndonos en concreto a la esfera femenina, siguen manteniéndose los símbolos que marcan esta jerarquía, como la posesión de la llave del hórreo por el miembro de más edad del sexo femenino. La entrega de cualquiera de estos instrumentos a los jóvenes implica, tácitamente, el traspaso de poder.


Los miembros de la generación joven de la sociedad familiar suelen estar unidos por matrimonio y emparentados con los miembros de la generación de vieyos; normalmente se trata de un hijo o una hija de dicha generación, aunque la ausencia de tales circunstancias no implica prohibición para constituir la sociedad. Cuando existe parentesco cosanguíneo lineal (padres-hijos) el miembro ajeno a la familia recibe diferentes nombres: la nuera se llama la nueva o la venía y el yerno, el veníu. Los jóvenes no tienen ninguna capacidad de decisión y deben subordinarse a las órdenes de los vieyos. El traspaso de poder dentro de la sociedad familiar sigue un proceso biológico, de modo que sólo tras la muerte de los miembros más ancianos de la sociedad familiar, salvo acuerdo, el matrimonio joven podrá tomar las riendas de la explotación. La acción de constituir una sociedad familiar se llama “casar pa en casa”, “casar en casa”, “casar para casa”, “troncar en casa”, etc.


Otro rasgo característico de la sociedad familiar asturiana, ya implícito en las ideas anteriores, es el respeto a la jerarquía: los vieyos administran y gestionan los recursos de la empresa familiar; la venta de productos debe ser aprobada por ellos, aunque los jóvenes son los que van al mercado; pero, en todo caso, los ingresos deben entregarse a los vieyos. Igual sucede con el pago de la renta por la explotación, la contratación de obras y cualquier decisión que afecte a la empresa familiar.

 fuente www.asturias.es